BUENOS AIRES.- Los contribuyentes inscriptos en el Monotributo y cuya facturación anual haya superado el límite en el que están encuadrados, tienen plazo hasta hoy para realizar el trámite de recategorización, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Están obligados a realizar el trámite aquellos que hayan modificado sus ingresos u otros parámetros que se toman en cuenta para el encuadre, como son ingresos brutos, consumo eléctrico en los 12 meses inmediatos anteriores, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre.
La operación de recategorización se puede realizar a través de la página web de la AFIP (afip.gov.ar) y el importe de la nueva categoría pasará a ser abonado a partir desde febrero. Si no se ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no se está obligado a cumplir con la recategorización, según la reglamentación vigente.
Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende, existen tres en el año: se efectúan el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses. En las últimas semanas, la AFIP reforzó los controles para evitar maniobras con el régimen del monotributo.
Así excluyó del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes a 7.543 monotributistas, debido a que sus operaciones no se encuadraban dentro de los parámetros exigidos por la Ley. A través de diversos cruces de información, la AFIP determinó que el 41% de los excluidos del padrón de Monotributistas superaba el parámetro de ventas y el 33% declara gastos superiores a los admitidos. El resto de los excluidos surge de cruces realizados por actividad y de aquellos que por su categoría de revista no declaran los empleados mínimos que requiere la Ley. El comercio de repuestos de autos, motos, artículos domésticos y efectos personales, las actividades que mostraron los mayores desvíos. (Télam)